Publicado: 4 de Marzo de 2021

La jubilación es un derecho, no una obligación de manera que, siendo cierto que, tras las medidas introducidas por el Real Decreto-Ley 28/2018 para la revalorización de las pensiones públicas, y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, se recuperó la habilitación legal para que los convenios colectivos puedan establecer una edad de jubilación obligatoria, esta habilitación no es ilimitada y, además, es perfectamente suceptible de control jurisdiccional.


María Rodríguez Seoane, despacho de abogados en Santiago de Compostela, presta servicios de asesoramiento por abogado laboralista.