Publicado: 15 de Marzo de 2022

Tras el reciente tirón de orejas de la justicia europea al régimen laboral de las empleadas del hogar por encontrar discriminatorio que no puedan cobrar un subsidio por desempleo al quedarse en paro, el Ministerio de Trabajo y Economía Social trabaja para tratar de sacar adelante lo antes posible una prestación asistencial que cubra este vacío legal. Así lo ha reconocido este martes el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, quien ha asegurado que desde su departamento se trabaja para “acelerar el ritmo” de la reforma del nivel asistencial por desempleo que está prevista para este año, y en la que iba a abordarse la mejora de las coberturas para este colectivo.

“Veremos si es posible anticipar una respuesta para dar una solución inmediata”, ha reconocido Pérez Rey, quien, sin embargo, ha matizado que el marco temporal de esta negociación comprende una resolución “antes de que acabe el año”. “En el marco de la reforma del nivel asistencial del desempleo vamos a abordar el problema de las empleadas del hogar. Ese compromiso se tiene que hacer antes de que termine este año, incluso por compromisos con Europa. Teníamos ya previsto un plan para hacer frente a esas carencias y pasaba, en primer lugar, por impulsar la ratificación del convenio. Dentro de nuestro Plan Anual Normativo había una referencia al cambio, las alteraciones en el nivel asistencial, pero también en esa norma se iban a incorporar los cambios en la protección social para el régimen de empleadas de hogar. Veremos si podemos acelerar el ritmo previsto”, ha remachado Pérez Rey.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyó el pasado jueves, 24 de febrero, que las trabajadoras del hogar ―se trata de un colectivo ampliamente feminizado― tienen derecho a cobrar una prestación por desempleo, igual que el resto de trabajadores, y que, por tanto, el régimen laboral en el que se encuentran enmarcadas es contrario al derecho comunitario, al suponer una discriminación indirecta por razón de sexo. Además, los jueces comunitarios consideran que la normativa española se opone a la directiva sobre igualdad en materia de seguridad social, ya que sitúa al colectivo en “desventaja particular” con respecto a los trabajadores, sin que la disposición esté “justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo”.


María Rodríguez Seoane, despacho de abogados en Santiago de Compostela, se hace eco de este extracto de la noticia publicada en El País a 2 de marzo de 2022.

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