Publicado: 25 de Mayo de 2020

En el despacho de abogados de María Rodríguez Seoane, como expertos en Derecho Bancario en Santiago de Compostela, hoy les vamos a hablar de las tarjetas Revolving.

Se trata de un tipo de tarjeta de crédito, cuya particularidad consiste en pagar a plazos las compras, disposiciones de efectivo, etc, que se hagan con las mismas. Su principal atractivo, es que el usuario decide cuánto quiere abonar periódicamente, pagando,  por lo general,una cuota fija, que suele ser baja, o un porcentaje de la deuda pendiente. Pero, en realidad, estas tarjetas funcionan como microcréditos, aplicando unos intereses altísimos, entre el 20 y el 30%; de ese modo, pagando cuotas mensuales bajas con unos intereses tan altos, la deuda se alarga indefinidamente.

El 4 de Marzo de 2020 el Tribunal Supremo volvió a declarar abusivo por usurario los intereses de las tarjetas revolving, por lo tanto, puede solicitar la nulidad de su tarjeta y recuperar su dinero.

Si tiene alguna de estas tarjetas de crédito, o cree que pudiera tenerla, póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos.